CURSOS BONIFICADOS

 

JCD FORMACIÓN

Todas las empresas privadas o de capital mixto con independencia de su tamaño y sector, que tengan asalariados en su plantilla que coticen por formación profesional, disponen de un crédito exclusivamente destinado a la formación tanto transversal como la específica de sus trabajadores y que podrán hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social. Si éste crédito no fuera utilizado por la empresa en el año natural lo perdería.

Por ello, si tú eres un profesional en activo, consulta en tu propia empresa con el responsable de Recursos Humanos o con su Gerente la posibilidad de realizar el curso en el que estés interesado mediante este sistema de bonificaciones.

En JCD Formación te ofrecemos sacar el máximo partido a este crédito concedido por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), obteniendo por ello tu empresa una mayor rentabilidad de sus recursos y la mejor calidad en la formación de sus diferentes perfiles profesionales.

¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN UTILIZAR ESTE SISTEMA?

Todas las empresas, cualquiera que sea su tamaño o actividad, que tengan al menos un centro de trabajo en territorio español y coticen dentro de contingencias profesionales por Formación Profesional.

¿QUÉ TRABAJADORES PUEDEN BENEFICIARSE DE ESTA FORMACIÓN?

Todos los trabajadores que coticen por la contingencia de Formación Profesional en empresas privadas o entidades públicas empresariales. Quedan excluidos los funcionarios y los autónomos.

¿CÓMO CONOZCO MI CRÉDITO?

Todas las empresas disponen de una cuantía para invertir en formación a lo largo del año, si no se utiliza en el año natural se pierde. En JCD Formación podemos calcular su crédito.

¿CÓMO SE APLICAN LAS BONIFICACIONES?

Al terminar la formación y cumplir con los trámites administrativos, se comunica telemáticamente el cierre del curso a la FUNDAE. A partir de ese momento, la empresa puede solicitar la bonificación en el próximo documento de cotización a presentar bien a través del sistema RED o bien a través del TC que presente a la Seguridad Social.